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PAU · Historia · Siglo XIX (1788–1902, bloque B)

Análisis de documento: siglo XIX

Analizar fuentes del siglo XIX (constituciones, manifiestos, datos).

PAU — Prueba de Acceso a la Universidad (Selectividad), modelo de MadridHistoria de EspañaPeso: Documento (4) o desarrollo (3)
Practicar Análisis de documento: siglo XIX gratis3 preguntas originales de esta destreza, con corrección al instante.

Qué evalúa

Textos, tablas o gráficos de 1788–1902: ideas o contenido, contexto e importancia y una pregunta relacionada (1 + 1,5 + 1,5).

Claves

Estrategia paso a paso

Trampas habituales

Ejemplo resuelto

Constitución de 1812: soberanía nacional y división de poderes.

Preguntas de ejemplo

Intenta responder antes de abrir la solución.

Pregunta 1

Dificultad difícil≈ 35 min
Documento. Partido en el Gobierno durante la Restauración (1875–1902)
AñosPartidoPresidente del Consejo de Ministros
1875–1881ConservadorCánovas (con breves gobiernos de Jovellar y Martínez Campos)
1881–1884LiberalSagasta; Posada Herrera (1883–1884)
1884–1885ConservadorCánovas
1885–1890LiberalSagasta
1890–1892ConservadorCánovas
1892–1895LiberalSagasta
1895–1897ConservadorCánovas (asesinado en 1897); Azcárraga
1897–1899LiberalSagasta
1899–1901ConservadorSilvela; Azcárraga
1901–1902LiberalSagasta

Análisis de documento (4 puntos; unas 40–50 líneas). Observe la tabla y responda:

1. Explique el contenido de la fuente (1 punto).
2. Describa y explique el contexto histórico en el que se inscribe la fuente y diga por qué es importante para comprender el periodo del que forma parte (1,5 puntos).
3. ¿Qué mecanismos permitían que los partidos se alternaran en el Gobierno con tanta regularidad, y qué fuerzas quedaban fuera del sistema? (1,5 puntos).

4 puntos.

Ver solución modelo y criterios

Solución

1. Fuente secundaria de tipo cronológico (tabla elaborada a partir de los datos de los gobiernos). Muestra que entre 1875 y 1902 solo dos partidos gobernaron, el Conservador y el Liberal, y que se alternaron de forma regular cada pocos años; sus líderes, Antonio Cánovas del Castillo y Práxedes Mateo Sagasta, presidieron casi todos los gobiernos. Las presidencias de otros políticos (Jovellar, Martínez Campos, Posada Herrera, Azcárraga, Silvela) son breves o de transición. Tras el asesinato de Cánovas (1897), Silvela le sucede al frente de los conservadores.

2. Contexto: es el sistema político de la Restauración borbónica, diseñado por Cánovas tras el fracaso del Sexenio Revolucionario y el pronunciamiento de Martínez Campos en Sagunto (1874), que llevó al trono a Alfonso XII. Se basaba en la Constitución de 1876 (soberanía compartida rey–Cortes, Corona como poder moderador) y en dos partidos dinásticos que aceptaban la monarquía y se turnaban en el poder para evitar los pronunciamientos militares y la exclusión del rival que habían marcado el reinado de Isabel II. A la muerte de Alfonso XII (1885), el llamado Pacto de El Pardo, un acuerdo informal entre los dos líderes, garantizó el turno durante la regencia de María Cristina; en el «parlamento largo» de Sagasta (1885–1890) se aprobaron leyes liberales (asociaciones, jurado, sufragio universal masculino en 1890).
Importancia: la tabla refleja la estabilidad política del periodo (el más largo de gobiernos civiles del siglo XIX) y, a la vez, su carácter artificial: la regularidad del turno solo se explica porque las elecciones no decidían quién gobernaba. La crisis de 1898 y la muerte de los líderes (Cánovas en 1897, Sagasta en 1903) abrieron la crisis del sistema.

3. Mecanismos: el turno funcionaba al revés que un sistema parlamentario. Cuando el partido gobernante se desgastaba, el rey llamaba al otro a formar gobierno; el nuevo presidente obtenía el decreto de disolución de las Cortes y convocaba elecciones que siempre ganaba. El Ministerio de la Gobernación, a través de los gobernadores civiles, pactaba de antemano los resultados (encasillado) y los caciques locales, que controlaban empleos, créditos y favores, aseguraban los votos, sobre todo en el mundo rural. Si era necesario se recurría al fraude o «pucherazo» (manipulación de actas y censos, votos de fallecidos, compra de votos, coacciones). Por eso, ni el sufragio universal masculino de 1890 cambió los resultados.
Excluidos: los republicanos (divididos tras 1874), los carlistas, el movimiento obrero (PSOE, 1879; UGT, 1888; anarquismo) y los nacionalismos catalán y vasco (Bases de Manresa, 1892; PNV, 1895). Los regeneracionistas, como Joaquín Costa, denunciaron el sistema de «oligarquía y caciquismo».

Criterios de corrección

  • 1. (1 punto) Ideas principales y secundarias (texto) o contenidos principales (tabla, gráfico, imagen), explicadas con conceptos y sin copiar la fuente.
  • 2. (1,5 puntos) Contexto histórico: antecedentes, hechos y consecuencias con datos precisos (1); importancia de la fuente para entender el periodo, relacionándola explícitamente con él (0,5).
  • 3. (1,5 puntos) Respuesta razonada a la pregunta planteada, con conocimiento de la materia y referencias cronológicas y espaciales.
  • Se valoran la síntesis, la claridad y el orden de la exposición (unas 40–50 líneas en total). Los errores cronológicos graves restan.

Explicación

Una tabla no tiene «ideas»: en la 1 se explica lo que muestra (alternancia regular de dos partidos). La 3 pide el mecanismo del turno: decisión de la Corona, encasillado, caciquismo y fraude.

Pregunta 2

Dificultad difícil≈ 21 min

Art. 2. La Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.

Art. 3. La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a esta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.

Art. 12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquiera otra.

Art. 14. El Gobierno de la Nación española es una Monarquía moderada hereditaria.

Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.

Art. 16. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey.

(Constitución política de la Monarquía española, promulgada en Cádiz el 19 de marzo de 1812. Ortografía modernizada.)

Fuente histórica (3 puntos). Lea el siguiente fragmento y responda:

a) Identifique la fuente y explique las ideas políticas que contienen los artículos 3, 14, 15 y 16 (unas 5 líneas).

b) Relacione la fuente con el contexto histórico en el que se elaboró y explique su vigencia posterior (unas 20 líneas).

3 puntos.

Ver solución modelo y criterios

Solución

a) Fuente primaria, de naturaleza jurídico-política: fragmento de la Constitución de 1812, aprobada por las Cortes de Cádiz y promulgada el 19 de marzo de 1812 («la Pepa»), primera constitución liberal española. El artículo 3 establece la soberanía nacional: el poder reside en la Nación, no en el rey. Los artículos 14 a 16 definen una monarquía moderada (limitada) y la división de poderes: el legislativo corresponde a las Cortes con el Rey, y el ejecutivo, al Rey (el artículo siguiente atribuye el judicial a los tribunales). El artículo 12 muestra el compromiso con la Iglesia: confesionalidad católica e intolerancia religiosa.

b) Contexto: en 1808 los ejércitos de Napoleón ocuparon España; Carlos IV y Fernando VII abdicaron en Bayona a favor de José Bonaparte y estalló la Guerra de la Independencia (1808–1814). Frente al vacío de poder surgieron las Juntas y la Junta Suprema Central, que acordó convocar Cortes; tras su disolución (1810), el Consejo de Regencia las reunió. Las Cortes se abrieron en septiembre de 1810 en la isla de León y después se trasladaron a Cádiz, ciudad sitiada por los franceses, con predominio de diputados liberales.

Además de la Constitución, aprobaron decretos que desmantelaban el Antiguo Régimen: libertad de imprenta (1810), abolición de los señoríos jurisdiccionales (1811) y supresión de la Inquisición (1813). La Constitución reconocía derechos individuales (libertad de imprenta, propiedad, igualdad ante la ley), Cortes unicamerales y sufragio universal masculino indirecto.

Vigencia: apenas se aplicó por la guerra. Al regresar Fernando VII en 1814, la anuló con el Decreto de Valencia y restauró el absolutismo. Volvió a regir durante el Trienio Liberal (1820–1823), tras el pronunciamiento de Riego, y brevemente en 1836–1837, tras el motín de La Granja. Se convirtió en un símbolo del liberalismo español y en un modelo para Portugal, Italia y las nuevas repúblicas hispanoamericanas.

Criterios de corrección

  • a) Identificación y clasificación de la fuente (tipo, autor, fecha) y explicación de sus ideas (1 punto).
  • b) Contextualización: antecedentes, hechos y consecuencias relacionados con la fuente, con datos precisos (1,5 puntos).
  • b) Relación explícita entre la fuente y el contexto, sin limitarse a parafrasearla (0,5 puntos).
  • Reparto orientativo entre a) y b); los errores cronológicos graves restan.

Explicación

a) exige reconocer la soberanía nacional y la división de poderes (Cortes con el Rey, Rey, tribunales). b) exige situar la fuente en la Guerra de la Independencia y las Cortes de Cádiz, y seguir su aplicación en 1812–1814, 1820–1823 y 1836–1837.

Pregunta 3

Dificultad difícil≈ 35 min

Documento 1. Constitución de la Monarquía española (30 de junio de 1876)

Art. 11. La religión católica, apostólica, romana, es la del Estado. La Nación se obliga a mantener el culto y sus ministros. Nadie será molestado en el territorio español por sus opiniones religiosas ni por el ejercicio de su respectivo culto, salvo el respeto debido a la moral cristiana. No se permitirán, sin embargo, otras ceremonias ni manifestaciones públicas que las de la religión del Estado.

Art. 18. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.

Art. 19. Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados.

Art. 48. La persona del Rey es sagrada e inviolable.

Art. 51. El Rey sanciona y promulga las leyes.

Documento 2. Población de España según los censos oficiales (millones de habitantes, cifras redondeadas)
Censo185718601877188718971900
Población15,515,616,617,518,118,6

B. ANÁLISIS DE DOCUMENTO (4 puntos). Elija UNO de los dos documentos y responda a sus tres preguntas (unas 40–50 líneas en total: 10–15, 15 y 15–20).

Documento 1 (Constitución de 1876):
1. Diga cuáles son y explique las ideas principales y secundarias del texto (1 punto).
2. Describa y explique el contexto histórico en el que se inscribe la fuente y diga por qué es importante para comprender el periodo del que forma parte (1,5 puntos).
3. ¿Cómo funcionó en la práctica el sistema político que se apoyaba en esta Constitución? (1,5 puntos).

Documento 2 (población de España, 1857–1900):
1. Explique el contenido de la fuente (1 punto).
2. Describa y explique el contexto histórico en el que se inscribe la fuente y diga por qué es importante para comprender el periodo del que forma parte (1,5 puntos).
3. ¿Por qué la población española creció más despacio que la de otros países de Europa occidental durante el siglo XIX? (1,5 puntos).

4 puntos.

Ver solución modelo y criterios

Solución

DOCUMENTO 1. Constitución de 1876
1. Fuente primaria de carácter jurídico-político: artículos de la Constitución de 1876, elaborada por Cortes constituyentes bajo la dirección de Antonio Cánovas del Castillo y promulgada durante el reinado de Alfonso XII; su destinatario es toda la nación.
Idea principal: la soberanía compartida entre las Cortes y el rey («la potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey», art. 18), propia del liberalismo doctrinario y moderado. El rey, además, sanciona y promulga las leyes (art. 51) y su persona es «sagrada e inviolable» (art. 48): la Corona es el eje del sistema.
Ideas secundarias: Cortes bicamerales con dos cámaras «iguales en facultades» (art. 19), con un Senado en parte no electivo (senadores por derecho propio y vitalicios nombrados por la Corona), y confesionalidad católica del Estado, que mantiene el culto, con una tolerancia limitada a otras religiones: se permite el culto privado, pero no las manifestaciones públicas (art. 11). Es una fórmula de compromiso entre la unidad católica de 1845 y la libertad de cultos de 1869.

2. Contexto: tras el fracaso del Sexenio Revolucionario (1868–1874) —monarquía de Amadeo I, Primera República, cantonalismo, guerra carlista y guerra de Cuba—, Cánovas preparó la vuelta de los Borbones (Manifiesto de Sandhurst, diciembre de 1874), aunque el pronunciamiento del general Martínez Campos en Sagunto (29 de diciembre de 1874) adelantó la proclamación de Alfonso XII. El nuevo régimen buscó estabilidad: fin de la tercera guerra carlista (1876) y Paz de Zanjón en Cuba (1878).
Importancia: es la base jurídica de la Restauración. Flexible y breve, dejaba a leyes posteriores aspectos clave como el sufragio (censitario por la ley de 1878; universal masculino desde 1890, con Sagasta), lo que permitió que gobernaran conservadores y liberales sin cambiarla. Fue la constitución de vida más larga hasta la de 1978: estuvo en vigor hasta el golpe de Primo de Rivera (1923).

3. Funcionamiento: el sistema canovista se basó en el bipartidismo y en el turno pacífico entre el Partido Conservador (Cánovas) y el Partido Liberal (Sagasta), reforzado por el llamado Pacto de El Pardo (1885), un acuerdo informal entre Cánovas y Sagasta a la muerte de Alfonso XII, durante la regencia de María Cristina. El mecanismo era inverso al parlamentario: el rey encargaba gobierno al partido al que «tocaba»; este disolvía las Cortes y el Ministerio de la Gobernación fabricaba la mayoría mediante el encasillado (reparto previo de escaños), apoyado en los caciques locales y, si hacía falta, en el fraude o «pucherazo» (actas falsificadas, votos de muertos, presiones). Así, el resultado electoral no dependía de los votantes. Quedaban fuera del sistema los republicanos, los carlistas, los nacionalismos periféricos y el movimiento obrero (PSOE, 1879; UGT, 1888; anarquismo). Los regeneracionistas, como Joaquín Costa (Oligarquía y caciquismo, 1901), denunciaron este falseamiento.

DOCUMENTO 2. Población de España (1857–1900)
1. Fuente secundaria cuantitativa (tabla estadística) elaborada con los censos oficiales del Estado. Muestra que la población española pasó de unos 15,5 millones en 1857 a unos 18,6 en 1900: un crecimiento de unos 3 millones (alrededor del 20 %) en más de cuarenta años, es decir, lento (en torno al 0,4 % anual) y bastante regular, sin el despegue que se produjo en otros países europeos en ese periodo.

2. Contexto: España mantenía en el siglo XIX un régimen demográfico antiguo: natalidad y mortalidad muy altas (hacia 1900, unos 34 y 29 por mil), elevada mortalidad infantil y esperanza de vida de unos 35 años. Las crisis de mortalidad seguían siendo frecuentes: epidemias de cólera (1833–1835, 1854–1856, 1865 y 1885), fiebre amarilla, viruela y tuberculosis; crisis de subsistencias por malas cosechas, y guerras (carlistas y de Cuba). A finales de siglo creció la emigración a América (Cuba, Argentina) y al norte de África. La sociedad seguía siendo mayoritariamente rural (cerca de dos tercios de la población activa en la agricultura en 1900), aunque crecían las ciudades: Madrid y Barcelona superaban el medio millón de habitantes en 1900, con los ensanches (Plan Cerdà, 1859; Plan Castro, 1860).
Importancia: la tabla resume el retraso demográfico español, ligado al atraso agrario e industrial, y explica por qué la transición demográfica (descenso de la mortalidad) no empezó de forma clara hasta comienzos del siglo XX.

3. Causas del crecimiento lento: a) mortalidad muy alta y persistente por la mala alimentación, la falta de higiene y de agua potable y el escaso desarrollo de la medicina; b) agricultura poco productiva (latifundio en el sur, minifundio en el norte, técnicas atrasadas), que no lograba alimentar bien a la población y provocaba crisis de subsistencias; c) industrialización tardía y localizada (Cataluña, País Vasco), que no creó suficiente empleo ni riqueza; d) epidemias y guerras; e) emigración. En cambio, en Europa occidental (Gran Bretaña, Alemania) la revolución agraria e industrial y las mejoras sanitarias habían reducido antes la mortalidad, por lo que la población crecía con mucha más rapidez.

Criterios de corrección

  • 1. (1 punto) Ideas principales y secundarias (texto) o contenidos principales (tabla, gráfico, imagen), explicadas con conceptos y sin copiar la fuente.
  • 2. (1,5 puntos) Contexto histórico: antecedentes, hechos y consecuencias con datos precisos (1); importancia de la fuente para entender el periodo, relacionándola explícitamente con él (0,5).
  • 3. (1,5 puntos) Respuesta razonada a la pregunta planteada, con conocimiento de la materia y referencias cronológicas y espaciales.
  • Se valoran la síntesis, la claridad y el orden de la exposición (unas 40–50 líneas en total). Los errores cronológicos graves restan.

Explicación

Las tres preguntas siguen el esquema oficial: ideas o contenido (1), contexto e importancia (1,5) y una pregunta concreta (1,5). Explica con conceptos; copiar o parafrasear el documento puntúa poco.

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